Mediante esta convocatoria de instrumentos financieros, el IVACE concertará la concesión de préstamos bonificados y concederá subvenciones a fondo perdido sobre el coste de los proyectos de creación de empresas de base tecnológica asociados al préstamo.
La convocatoria mantiene como instrumento para apoyar el desarrollo de este tipo de proyectos la concesión de préstamos bonificados que se combinan con una parte de ayuda a fondo perdido, facilitando así financiación a proyectos que, por su grado de innovación y riesgo empresarial, encuentran dificultades en obtenerla por otras vías.
La convocatoria podrá contar con cofinanciación comunitaria en un porcentaje del 50 %,procedente del Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020.
ACTUACIONES APOYABLES
– Por proyecto se entiende cualquier iniciativa de gasto o inversión, sobre una operación o activo concreto, que vaya a realizarse en un plazo determinado y que, de forma individual o combinada, tenga un sentido empresarial, sin perjuicio de que esa iniciativa pueda integrarse, en su contenido o en el tiempo, en un plan mayor.
– Los proyectos deberán iniciarse durante la anualidad 2015, y en todo caso, con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
– Se apoyará la creación y consolidación de empresas de base tecnológica contemplando las posibles inversiones, el desarrollo de proyectos y, en general, todas sus actuaciones encaminadas a su consolidación y crecimiento.
– Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
– El presupuesto subvencionable del proyecto deberá estar comprendido entre 20.000 euros y 175.000 euros.
– Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas o subvenciones en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de esta u otra administración o ente público.
– La ejecución de los proyectos no deberá vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación.
– Para el caso en que la presente convocatoria cuente con financiación comunitaria, las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al cobro de la subvención a fondo perdido.
– Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
– El IVACE podrá solicitar a expertos externos una valoración previa de algunos de los criterios establecidos.
EMPRESAS BENEFICIARIAS
Podrán acogerse a estas ayudas las pequeñas empresas de base tecnológica que en el momento de presentación de la solicitud tengan una antigüedad inferior a cinco años.
Será requisito además que el solicitante no haya distribuido beneficios, no surja de una operación de concentración económica ni cotice oficialmente en una bolsa de valores.
La sede social o establecimiento de producción de la empresa beneficiaria deberá estar ubicada en la Comunitat Valenciana.
En cuanto a su actividad, la empresa solicitante deberá presentar alguna de las siguientes características:
a) Tratarse de una actividad centrada en la explotación de productos o servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora, en concreto:
– Explotación económica de tecnologías desarrolladas por centros de investigación y/o por empresas.
– Actividad cuya base sea la aplicación de patentes, licencias de explotación u otra forma de conocimiento tecnológico, preferentemente de forma exclusiva y protegida.
b) Estrategia de negocio o actividad basada en el dominio intensivo del conocimiento científico y técnico como factor competitivo diferenciador, en la creación de líneas de I+D propias y no en servicios de I+D a medida para terceros.
CARACTERÍSTICAS
Características del préstamo:
– Cuantía del préstamo: 100 % de los costes subvencionables del proyecto. La cuantía global del préstamo por proyecto no superará los 175.000 euros.
– Tipo de interés: 0 por ciento.
– Amortización del préstamo: El plazo de amortización será de 48 meses. Las cuotas de amortización serán semestrales.
Características de la subvención a fondo perdido.
– Porcentaje de subvención a fondo perdido: hasta el 35 % del importe del préstamo, sin que la cuantía de subvención a fondo perdido por proyecto pueda superar los 61.250 euros, ni suponer más de un 35 % del importe del préstamo.
Se consideran costes subvencionables:
– Recursos Humanos: gastos de personal investigador y personal técnico o auxiliar siempre que estén empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana y durante el tiempo en que estén dedicados a actividades de I+D propias.
– Inversiones Materiales: Bienes de equipo instalados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana necesarios para la actividad productiva de la empresa y para la ejecución de los proyectos propios de I+D
– Inversiones Inmateriales: Adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how, o conocimientos técnicos no patentados.
PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Desde el 18/05/2015 hasta el 11/06/2015 (a las 14 horas).
Tanto la solicitud como la memoria se presentarán ante el Registro Telemático de la Generalitat, y este emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación.
Una vez cumplimentado el formulario de solicitud desde el trámite telemático, se deberá anexar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico.
MÁS INFORMACIÓN
Para más información, descárgate a continuación las bases de la convocatoria, o entra en http://www.ivace.es